JEP investiga a dos exFarc por incumplir verdad en el caso El Nogal
La decisión fue adoptada por la Sala de Reconocimiento de Verdad en el marco del Caso 10, que investiga crímenes no amnistiables.
Por:
Yesica Salgado
La JEP abrió un incidente de verificación de cumplimiento contra Fernando y Herminsul Arellán.
Foto: Foto: JEP
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) abrió un incidente de verificación de cumplimiento contra Fernando y Herminsul Arellán, dos exintegrantes de las extintas Farc-EP condenados por el atentado al Club El Nogal, ocurrido en Bogotá en 2003 y que dejó 36 muertos y cerca de 200 heridos.
La decisión fue adoptada por la Sala de Reconocimiento de Verdad en el marco del Caso 10, que investiga crímenes no amnistiables cometidos por la antigua guerrilla.
Esta actuación busca establecer si los comparecientes han incumplido con su deber de aportar verdad plena, detallada y exhaustiva, como lo exige el régimen de condicionalidad de la JEP.
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Durante las versiones rendidas ante la Sala el 30 de abril y el 30 de julio de 2025, los hermanos Arellán insistieron en su inocencia, pese a haber sido condenados en la justicia ordinaria por los delitos de terrorismo, homicidio y tentativa de homicidio.
Aseguraron que fueron señalados de manera injusta, con base en testimonios falsos, y que su relación con el atentado se derivó del hecho de que su hermano Oswaldo y su sobrino John Freddy murieron en el ataque.
Uno de los argumentos que esgrimen como contribución a la verdad es precisamente la aclaración de que no participaron en el atentado.
No obstante, la Corte Suprema de Justicia ratificó su condena en 2012 y, tras su sometimiento a la JEP en 2017, solicitaron la revisión del proceso con fines de amnistía, petición que fue negada en agosto de 2023. Desde entonces, su caso fue remitido al expediente del Caso 10.
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Hasta la fecha, la defensa no ha solicitado a la Sección de Revisión de la JEP que estudie nuevamente la condena, alegando que aún no cuentan con nuevos elementos probatorios para sustentar su inocencia y que esperan reunirlos en el curso del proceso ante la Sala.
“La Sala considera necesario, en virtud del artículo 67 de la Ley 1922 de 2018, evaluar si los comparecientes están cumpliendo o no con el régimen de condicionalidad”, señaló la magistrada Julieta Lemaitre Ripoll, correlatora del Caso 10.
Tras el anuncio, el presidente de la JEP, Alejandro Ramelli, hizo un llamado a todos los comparecientes: “Deben aportar verdad plena, detallada y exhaustiva. De lo contrario, podrían perder los beneficios que otorga esta Jurisdicción”, advirtió.
Fuente: Sistema Integrado de Información
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