Impiden donación de sangre a miembro de comunidad Lgbti en Cartagena

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Impiden donación de sangre a miembro de comunidad Lgbti en C

Impiden donación de sangre a miembro de comunidad Lgbti en C

La comunidad LGTBI exige respaldo de la Defensoría y Personería por ser un presunto caso de discriminación. Alfonso Marrugo, activista y vocero de la comunidad Lgbti en Cartagena, denunció un presunto caso de discriminación a esa población en un banco de sangre de la capital de Bolívar. Según la versión de Marrugo, el hecho se presentó en el Banco de Sangre Hemocaribe, al sur de la ciudad, donde las enfermeras de la entidad no le permitieron a un joven donar sangre por ser homosexual, por ser catalogado un factor de riesgo, alegando que podría tener una enfermedad de transmisión sexual. Marrugo narró que en el momento en el que el joven fue a hacer la donación de sangre la asistente del Banco “le preguntó sobre su orientación sexual y como él se identificó como una persona homosexual, la enfermera no aceptó recibir la donación de sangre, lo que va en contra de lo que es un derecho a la igualdad, porque tener prejuicio con el protocolo de asistencia médica”. El vocero de la comunidad Lgbti sustentó su argumento en la sentencia T-248 del 2012 de la Corte Constitucional que estableció que la orientación sexual del donante en sí misma no es un factor de riesgo en estos términos, toda vez que la opción sexual que elija una persona no supone una actividad sexual riesgosa. En un aviso del Banco de sangre se puede leer las advertencias que le hacen a los interesados: “Abstenerse de donar si usted tiene uno o más factores de riesgo: Inyectarse Heroína, consumir mariguana, cocaína u otros estimulantes psicoactivos; tener relación con personas del mismo sexo, tener relaciones sexuales con trabajadoras sexuales; se trabajador sexual; padecer o haber teniendo sífilis, gonorrea o sida”. De acuerdo con el fallo, el criterio establecido por ese tipo de entidades tiene origen en un marco histórico que ha sido reevaluado por estar sustentado en el desconocimiento de las causas de transmisión del VIH, y que “está está claro que la transmisión de dicho virus no depende de la orientación sexual, sino de varios factores que deben ser aclarados al momento de la elección del donante”. Sin embargo, el Manual de normas técnicas, administrativas y de procedimiento en bancos de sangre sí impone como requisito para proteger al receptor de la infección por VIH/SIDA, y ordena diferir la donación de aquellos donantes que hayan tenido relaciones homosexuales masculinas en los últimos 15 años, en el fallo de 2012, estableció que la vulneración del derecho a la igualdad se ve afectado al no indagar sobre el tiempo de las “relaciones homosexuales masculinas” y dar por sentado que homosexual es un factor de riesgo.Siga las noticias de RCN Radio en WhatsappIcono Google NewsSiga las noticias de RCN Radio en Google News

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