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Tribunal del Atlántico ordena al Gobierno modificar régimen tarifario del servicio de energía

Esto se da en respuesta a una Acción Popular interpuesta.

Por:

Elsy Margarita Beleño Cantillo
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Redes de energía eléctrica

Redes de energía eléctrica.

Foto: EPM

El Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Atlántico le ordenó al Ministerio de Minas y Energía y la Creg modificar el régimen tarifario del servicio de energía, para lograr su reducción, esto tras una acción popular presentada por los personeros de Barranquilla y Santa Marta.

De acuerdo con el documento, se le ordena a la Creg, que dentro de los 10 días siguientes a la notificación de la providencia convoque a sesión y/o audiencia pública que deberá realizarse en Barranquilla, a efectos de: estudiar el impacto económico y social en la Región Caribe con la expedición de las Resoluciones 010 de 2020 y 78 de 2021 y/o en cualquier acto administrativo.

Igualmente, indica que se deben revisar otros componentes tarifarios que afectan la factura de los usuarios en la Costa Atlántica.

"Tales como los de pérdidas y restricciones, considerando las particularidades de dicha región y los periodos regulatorios respectivos, de tal forma que se establezca si la comisión, así lo considera necesario una nueva fórmula para calcular las tarifas del servicio eléctrico desligando el IPP (Índice de Precios al Productor) en cada uno de sus componentes regulados e indexar al índice de precios al consumidor (IPC)". 

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La audiencia deberá incluir a autoridades locales y nacionales, con el fin de revisar la fórmula tarifaria de energía eléctrica en la región y considerar su modificación.

"Ordenar a la Creg que se sirva fijar la sesión y/o audiencia pública para el quinto día siguiente a la fecha de convocatoria, a la cual, deberá convocarse a los alcaldes, gobernadores, parlamentarios de la Región Caribe, el Ministro de Minas y Energía, a la Procuradora General de la Nación, al defensor del Pueblo, al superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, a la Presidencia de la República, a las empresas Air-e y Afinia", se indicó.

En el texto señala que también deben estar citados los distribuidores de energía eléctrica, el gremio de comercializadores, distribuidores sin generación despachada centralmente, un delegado de los accionantes, y/o cualquier otra persona de derecho público o privada con interés en el tema a debatir.

Asimismo, se le ordena al Ministerio de Minas y Energía y a la Creg que, dentro de 10 días siguientes a la culminación de la sesión y/o audiencia pública, inicien la actuación administrativa correspondiente acorde a la normatividad vigente, a fin de expedir el acto administrativo que modifique las Resoluciones 010 de 2020 y 78 de 2021.

Esta respuesta se produce luego de que Miguel Álzate, personero de Barranquilla y Edwar Orozco, de Santa Marta, presentaran la Acción Popular contra la Presidencia de la República, el Ministerio de Minas y la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg), para que ordenara la suspensión de la fórmula tarifaria de energía actual que afecta a miles de usuarios de la costa norte del país.

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El objetivo del recurso es el de buscar la protección de los derechos colectivos de los usuarios o consumidores.

Fuente: Sistema Integrado de Información

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En este artículo:

Ministerio de Minas y EnergíaCregtarifas de energíaSuministro de energía
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