Condenan al Ejército al pago de mil millones de pesos por afectar a la comunidad en el Conflicto
Es la segunda condena que profiere en Consejo de Estado en menos de 8 horas por afectaciones a la comunidad bajo el conflicto armado, en la cual se le hace un llamado al ejército para que respete el Derecho Internacional Humanitario.
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Condenan al Ejército al pago de mil millones de pesos por af
Foto: Archivo RCN
La nueva condena de parte del alto tribunal se ordenó por los daños y perjuicios que sufrieron varias familias del municipio de Florián (Santander) que perdieron sus casas por enfrentamientos entre el Ejército y la guerrilla.
Los hechos se relacionan con las operaciones adelantadas por el Ejército el 18 de mayo de 1993, donde se presentaron enfrentamientos con un grupo insurgente que desencadenó la incineración de bienes muebles e inmuebles de algunos habitantes de la zona.
Para el Consejo de Estado, el Ejército es responsable administrativamente y patrimonialmente debido a los enfrentamientos armados entre la fuerza pública y grupos armados al margen de la ley.
La sentencia ordenó el pago a las 20 víctimas, por concepto de perjuicios morales, "pues fueron obligados a salir de sus sitios de residencia, lo cual les causó “profundo dolor, aflicción y tristeza, debido a las violentas y traumáticas circunstancias en que se produjeron los enfrentamientos".
Recuerda el alto tribunal que dentro de la normativa del Derecho Internacional Humanitario se encuentra el principio de distinción, "el cual consiste en que las partes de un conflicto deben distinguir entre objetivos militares y personas o bienes civiles".
"La Sección Tercera ha establecido que las vulneraciones a principios del Derecho Internacional Humanitario constituyen supuesto suficiente para declarar la responsabilidad del Estado", agrega la sentencia.
Precisa el fallo que "la Sala no desconoce el papel de las Fuerzas Militares en defensa del sistema constitucional y del Estado de derecho, como tampoco la complejidad inherente al cumplimiento de dichas funciones en ciertas zonas del país caracterizadas por la presencia de los diferentes grupos armados al margen de la ley". Sin embargo, reitera que dicha función está sometida al ordenamiento jurídico y por tanto el desarrollo de operaciones militares debe ceñirse a la normas del DIH, "".
Recalcá el Consejo de Estado que la indemnización por daños morales, se debe otorgar porque las víctimas tuvieron padecimientos a causa de la pérdida de sus bienes materiales, situación que se acreditó en este caso.
"Además, se demostró que los demandantes estaban arraigados a los territorios incinerados, es decir, vivían y trabajaban allí y del cultivo de esas parcelas obtenían lo básico para su subsistencia. Así, la destrucción de tales lugares de habitación además de una grave afrenta a la dignidad de los campesinos demandantes, representó, entre otras, una afectación intensa a su mínimo vital", puntualiza el fallo.
La otra condena proferida por el Consejo de Estado ordenó al Ministerio de Defensa el pago de 806 millones de pesos como indemnización a la familia de una mujer indígena que murió en medio de un enfrentamiento entre la guerrilla y la Fuerza pública.Siga las noticias de RCN Radio en Whatsapp
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