C. Estado tumba pensión de un ex funcionario del Congreso por superar los 20 salarios mínimos
El Consejo de Estado ordenó la reliquidación de la pensión del exsecretario de la Cámara, Silverio Salcedo Mosquera, que se desempeñó en ese cargo entre 1972 y 1992.
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Foto: Archivo RCN
El Alto Tribunal tomó la decisión por estimar que el monto que recibía excedía los 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes autorizados por la ley.
Sin embargo, aunque el exfuncionario recibió por cerca de 20 años la pensión por encima del monto máximo, el Consejo de Estado no ordenó la restitución de las sumas pagadas en exceso por estimar que “no se desvirtuó la buena fe con la que actuó”.
La demanda, interpuesta por el Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, Fonprecom, que en el proceso argumentó que el reconocimiento de la pensión al exsecretario en 1992 fue de 2.488.230 pesos y superaba el tope máximo, que para ese momento estaba en 977.850 pesos, correspondientes a 15 salarios mínimos.
Agrega que luego se estimó que la Ley 100 de 1993 eliminó el tope máximo y se ordenó que la pensión de Salcedo quedara en 3.638.643, a partir del 1º de octubre de 1992. “Por lo que surgió la controversia sobre cuál era el tope máximo autorizado o si se había eliminado y dicha pensión no tenía un techo”.
La ponencia estuvo a cargo del magistrado Víctor Hernando Alvarado, de la Sección Segunda, y señala que "las pensiones de los empleados del Congreso que fueron reconocidas con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 4 de 1992 y cuyos beneficiarios se acogieron al plan de retiro compensado (Decreto 1076 de 1992), se les aplica el tope de 20 salarios mínimos”.
En el fallo del Alto Tribunal se tuvo en cuenta la Ley 100 de 1993 y entonces la sentencia señala que “quienes obtuvieron el reconocimiento de su pensión después del 18 de mayo de 1992, pueden acceder a que su pensión alcance el monto de 20 salarios mínimos”.
“La Sala revocará la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y someterá la pensión del demandado al límite máximo de 20 salarios mínimos establecidos en el Sistema General de Pensiones”, señala la decisión.Siga las noticias de RCN Radio en Whatsapp
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