Corte limita a empresas agroindustriales explotación de predios restituidos

La sala plena de la Corte Constitucional advirtió que las empresas agroindustriales podrán seguir explotando los predios que han sido restituidos, sólo con el consentimiento expreso de los beneficiarios de la tierra restituida.

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Corte limita a empresas agroindustriales explotación de pred

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Foto: Archivo RCN

El pronunciamiento lo hizo el alto Tribunal al condicionar el aparte de la ley de víctimas que le autoriza al magistrado que ordenó la restitución del predio, la suscripción de un contrato entre la víctima y el propietario original para que éste pueda seguir explotándola, dándole una contraprestación económica al nuevo propietario. La condición del Tribunal Constitucional dictamina que dicho contrato sólo puede suscribirse con el visto bueno previo del beneficiario de la restitución. En consecuencia, según la Corte, si el nuevo propietario del predio se niega a que la empresa pueda seguir explotando el predio, el contrato no puede ser avalado por el magistrado respectivo. La alta Corte sostuvo que aunque es conveniente que se mantenga la utilización y productividad de la tierra, y que su producido vaya a resarcir a las personas que han sido objeto del robo y despojo de sus tierras, se debe respetar el derecho de la víctima a decidir cómo va explotar el bien que le fue restituido.Siga las noticias de RCN Radio en WhatsappIcono Google NewsSiga las noticias de RCN Radio en Google News

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