Corte ordena no conceder libertad provisional a abusadores de niños
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia determinó que a los abusadores de niños no se les puede otorgar la libertad provisional, cuando se venzan los términos para adelantar el respectivo juicio.
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Foto: Archivo RCN
Según el alto Tribunal, permitir la libertad en estos casos pone en riesgo la integralidad física y mental de los menores de edad.
“La prohibición de tal gracia, permite enviar un mensaje contundente a la sociedad, a la familia y al Estado de que la vida, la dignidad y la integridad de los niños, niñas y adolescentes son bienes de superior y mayor jerarquía que deben ser tutelados con especial consideración y en el sentido de que las violencias de género no son delitos de ‘bajo impacto’ sino por el contrario”, dictamina el fallo.
La Corte Suprema señala además que la prohibición de conceder el beneficio de libertad se encuentra consignado en varias disposiciones internacionales que Colombia ha suscrito como la Carta Internacional de Derechos Humanos, la Convención Americana de Derechos Humanos, la Declaración de los Derechos del Niño de la Asamblea General de las Naciones Unidas y la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, entre otros.Siga las noticias de RCN Radio en Whatsapp
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