¿Cuál fue la decisión de la Corte Constitucional contra Nequi, Bancolombia y Davivienda?
La Corte Constitucional falló a favor de un ciudadano con antecedentes penales.
Por:
Erika Villanueva
Nequi, Bancolombia y Davivienda
Foto: Cortesía: Nequi, Bancolombia y Davivienda
Nequi, Bancolombia y Daviplata se han convertido en algunas de las plataformas bancarias más destacadas en Colombia, debido a la cantidad de usuarios que concentran actualmente. Sin embargo, deberán modificar sus políticas luego de que la Corte Constitucional fallara a favor de un ciudadano con antecedentes penales, a quien estas entidades le negaron la apertura de una cuenta de ahorros.
La decisión fue adoptada mediante la sentencia 113 de 2025, en la que se ordena a los bancos permitir la apertura de la cuenta si el ciudadano aún está interesado, previa evaluación individual de su caso.
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De acuerdo con la Corte Constitucional, los derechos fundamentales al trabajo, al mínimo vital, a la igualdad y al debido proceso del solicitante fueron vulnerados. El ciudadano contaba con una condena por peculado por apropiación, delito que, según la legislación vigente, puede ser fuente de lavado de activos. No obstante, el alto tribunal consideró que las entidades impusieron una restricción absoluta y desproporcionada, al no realizar un análisis minucioso del riesgo ni contemplar medidas alternativas.
El sistema financiero es un componente esencial de la inclusión económica y social, por lo que la negativa de los bancos, basada únicamente en los antecedentes penales, impide de forma injustificada la participación de ciertas personas en la vida económica del país.
Así las cosas, los bancos y la plataforma financiera deberán ajustar sus procesos internos en un plazo de tres meses, de manera que las nuevas políticas eviten decisiones automáticas y contemplen un análisis individualizado para cada solicitud. En caso de negarse a abrir una cuenta, la entidad deberá ofrecer motivos suficientes, así como explicar qué alternativas evaluó antes de tomar la decisión.
Cabe destacar que el argumento de los bancos se centró en sus políticas de administración del riesgo, orientadas a la prevención del lavado de activos y al financiamiento del terrorismo. No obstante, la Corte señaló que dichas medidas deben armonizarse con los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Como parte de la implementación del fallo, la Superintendencia Financiera deberá expedir una circular con lineamientos claros sobre el acceso de personas con antecedentes penales al sistema financiero. Esta garantizará el equilibrio entre la prevención de riesgos y una inclusión financiera efectiva.
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Sin embargo, se exige demostrar un estudio detallado de cada caso, considerando la naturaleza del delito, el tiempo transcurrido desde la condena y el comportamiento actual del solicitante.
Con esta decisión, se espera evitar prácticas excluyentes y promover un trato más justo y proporcional en el acceso a los servicios bancarios.
Fuente: Sistema Integrado Digital
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