¿Cuánto cuesta no asistir a la Asamblea de copropietarios? Esta es la multa que podría pagar
Los conjuntos o edificios en propiedad horizontal deben realizar las asambleas ordinarias durante los primeros tres meses del año.
Por:
Erika Villanueva
Multas por asamblea general en conjunto residenciales
Foto: Creado con DALL.E / RCN Radio - Camila Díaz
Ya se dio inicio a la época en la que los conjuntos residenciales o edificios que se encuentran bajo el régimen de propiedad horizontal convocan sus asambleas ordinarias de propietarios. Estas reuniones tienen como propósito definir el uso de recursos, las actividades y las obligaciones de la comunidad.
Plazo para la Realización de la Asamblea
De acuerdo con la Ley 675 de 2001, el 31 de marzo es la fecha límite para la celebración de la asamblea general de copropietarios. Para su constitución, se requiere la asistencia del 50% más uno de los propietarios, salvo en los casos que exijan mayorías calificadas, según explicó Natalia Hernández, socia fundadora de Allpa Legal.
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Consecuencias de NO asistir a la asamblea
Si un propietario no puede asistir, debe designar un representante legal con anticipación. La inasistencia sin justificación puede generar sanciones, siempre que estas estén contempladas en el reglamento de propiedad horizontal, según el Ministerio de Justicia.
El portal Actualícese señala que la asistencia es un deber, ya que la falta de quórum afecta la toma de decisiones sobre el presupuesto, la administración y otros aspectos clave de la copropiedad.
La asamblea determina el tipo y monto de la sanción por inasistencia. En algunos casos, se aplica una multa equivalente a dos cuotas de administración, el máximo permitido por la Ley 675 de 2001.
Sanciones no permitidas
Existen restricciones sobre las medidas que pueden aplicarse a los propietarios que no asistan a la asamblea. No se permite:
- Suspender el servicio de citófonos.
- Impedir que el portero atienda al propietario.
- Restringir el acceso de visitantes.
- Suspender el uso de casilleros.
- Impedir el ingreso o salida del propietario o sus pertenencias.
- Restringir el acceso a zonas comunes esenciales, como portería o vías internas.
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El cumplimiento de las normas de propiedad horizontal permite la toma de decisiones necesarias para la administración del conjunto o edificio, garantizando el funcionamiento adecuado de la comunidad.
Fuente: Sistema Integrado Digital
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