Ley seca y restricción al parrillero implementó Pereira para la celebración del Halloween
Igualmente, se restringe la presencia de menores de edad sin adulto responsable después de las 11 de la noche.

Restricciones durante el Halloween en Pereira
Foto: Rcn Radio
A través de decreto municipal, la Alcaldía de Pereira estableció las medidas conducentes a garantizar la seguridad durante la celebración del día de los Niños o Halloween el 31 de octubre.
Siendo una de las más importantes la implementación de la ley seca que regirá desde las 5 de la mañana del jueves 31 de octubre hasta las 5 de la mañana del viernes primero de noviembre.
Así mismo, indicaron las autoridades que se restringe la circulación de menores de 14 años en la vía pública o en establecimientos comerciales sin la compañía de sus padres o representante legal entre las 11 de la noche del 31 de octubre y las cinco de la mañana del primero de noviembre.
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Indica al respeto Emerson Jaimes, director del Instituto de Movilidad de Pereira, queigualmente se prohíbe la circulación de motocicletas con parrillero hombre o mujer mayor de 14 años, desde la cinco de la tarde del jueves 31, hasta las 4 de la mañana del viernes primero de noviembre.
Por su parte Yeison Palacio Bedoya, secretario de tránsito de Dosquebradas, dio a conocer que en el municipio aplican las restricciones de parrillero mayor de 14 años y la circulación de menores de edad sin adultos responsables desde las 7 de la noche del 31 de octubre hasta las cinco de la mañana del viernes 01 de noviembre; en Dosquebradas no aplicara la ley seca.
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Finalmente, dieron a conocer desde las administraciones municipales de Pereira y Dosquebradas que también se prohíbe:
1. El porte de armas traumáticas, neumáticas, de fogueo, paintball, similares o réplicas que generen agresiones físicas a la comunidad.
2. El traslado y transporte de escombros, madera, llantas o residuos sólidos, cilindros y demás elementos que puedan ser utilizados como armas contundentes
3. El lanzamiento de elementos como talco, harina, cal, cemento, carioca, espumas, entre otros elementos que generen estado de indefensión de los ciudadanos.
4. El transporte de recipientes que contengan líquidos inflamables, escombros, desechos, trasteos y cilindros de gas domiciliario en camiones, volquetas o cualquier otra clase de vehículos.
Fuente: Sistema Integrado de Información
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