EPS tendrán que cubrir la estadía y transporte de pacientes que requieran traslado
La Corte Constitucional le ordenó a las EPS cubrir los gastos alojamiento y traslado de los pacientes que deban ir a otras ciudades para recibir alguna atención especializada.
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EPS tendrán que cubrir la estadía y transporte de pacientes
Foto: Archivo RCN
El alto Tribunal advirtió que aunque este servicio no está incluido en el POS, las EPS están obligadas a cancelar dichos gastos, donde también se debe incluir la estadía y transporte de los acompañantes de los pacientes, cuando los usuarios no tengan los recursos para hacerlo. Sin embargo, la alta Corte señaló que las EPS podrán hacer el
respectivo recobro al Fosyga.
El pronunciamiento lo hizo la Corte Constitucional al amparar los derechos a la salud de cuatro ciudadanos que requerían exámenes o tratamientos en ciudades apartadas de sus lugares de origen.
En uno de los casos, a una ciudadana de Manizales, su médico tratante le ordenó practicarse una biopsia en Pereira, por ser la ciudad más cerca donde se la pueden garantizar.
La mujer le pidió a su EPS cubrirle los gastos de traslado y estadía en el tiempo que durara la intervención, pero la Empresa Promotora de Salud se negó, argumentando que dichos gastos no están cubiertos por el POS y la usuaria no se encontraba al día en los pagos de la salud.
La Corte le ordenó a la respectiva EPS costear los gastos solicitados, bajo el argumento que el derecho a la salud debe ser integral, por lo que también debe incluir todos los gastos que garanticen la completa prestación del servicio.Siga las noticias de RCN Radio en Whatsapp
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