Estas situaciones protegen a los empleados del despido y garantizan su derecho a la estabilidad laboral
La ley colombiana contempla cinco situaciones en los que un empleado no puede ser despedido bajo ninguna circunstancia.

Situaciones en las que no lo pueden despedir del trabajo.
Foto: Imagen recreada con IA Grok
En Colombia, los empleadores tienen la facultad de dar por terminado un contrato de trabajo en cualquier momento, independientemente del tipo de contrato que se haya suscrito. Sin embargo, hay que tener en cuenta que la legislación laboral establece una serie de condiciones y consecuencias dependiendo de las circunstancias en las que se produzca la terminación del vínculo laboral.
Los contratos laborales pueden ser a término fijo, indefinido o por obra o labor determinada, mientras que también existen contratos de prestación de servicios, que tienen una naturaleza distinta, pues se trata de contratos civiles o comerciales.
Los contratos laborales a término fijo tienen una duración determinada pactada entre las partes, mientras que los contratos indefinidos no establecen un límite temporal y se mantienen vigentes mientras subsistan las causas que dieron origen a la relación laboral.
El contrato por obra o labor determinada finaliza cuando culmina el objeto específico para el cual fue celebrado. Por su parte, el contrato de prestación de servicios no crea un vínculo laboral, sino que regula una relación entre partes independientes, usualmente para cumplir con una tarea específica.
Cuando una empresa decide finalizar un contrato laboral sin que exista una causa justa, reconocida por la legislación laboral, puede ser sancionada con el pago de una indemnización al trabajador afectado. La ley contempla una lista de causales que justifican el despido sin obligación de indemnizar, pero si el empleador no logra demostrar la falla del empleado, debe asumir las consecuencias económicas previstas en el Código Sustantivo del Trabajo.
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Es importante precisar que las sanciones por despido sin justa causa aplican exclusivamente a los contratos de naturaleza laboral. Los contratos de prestación de servicios, al ser de carácter civil o comercial, no contemplan indemnizaciones por terminación unilateral. En este tipo de contratos, cualquiera de las partes puede dar por terminado el acuerdo.
Situaciones en las que no lo pueden despedir, según la ley
La ley colombiana contempla cinco situaciones en los que un empleado no puede ser despedido bajo ninguna circunstancia, y en caso de serlo, podrá solicitar el reintegro a sus labores de manera inmediata.
Esto es gracias a la figura de la estabilidad laboral reforzada, la cual, según la Corte Constitucional busca "(I) el derecho a conservar el empleo; (II) a no ser despedido en razón de la situación vulnerabilidad; (III) a permanecer en el empleo hasta que se requiera y siempre que no se configure una causal objetiva que conlleve la desvinculación del mismo; (IV) y a que la autoridad laboral competente autorice el despido, con la previa verificación estructuración de la causal objetiva, no relacionada con la situación de vulnerabilidad del trabajador, que se aduce para dar por terminado el contrato laboral, so pena que, de no establecerse, el despido sea declarado ineficaz".
En ese sentido, los trabajadores que cumplan con alguna de las siguientes cinco condiciones, no podrán ser despedidos de sus trabajos.
Mujeres embarazadas o en periodo de lactancia
La ley 2441 del 2021 ordena que ninguna empleada podrá ser despedida por embarazo o licencia de lactancia, sin antes solicitar una autorización del Ministerio de Trabajo, en donde se verifique otra causal que avale la justa causa del despido.
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Personas con discapacidad
La Corte Constitucional protege a las personas que, por sus condiciones físicas, presenten una debilidad manifiesta, o a quienes tengan situaciones de salud que les dificulte o impida cumplir con sus labores.
Trabajadores con fuero sindical
El artículo 406 del Código Sustantivo del Trabajo protege a los empleados que hayan sido fundadores o que hagan parte de un sindicato, incluyendo a los servidores públicos.
Madres y padres cabeza de familia
La circular 040 de 2022 del Ministerio de Trabajo, citando al artículo 43 de la Constitución, ordena la protección de los derechos y oportunidades de hombres y mujeres que tengan a su cargo hijos menores o la responsabilidad de personas que no puedan trabajar.
Personas cerca a pensionarse
Los trabajadores que estén en condición de prepensionados, es decir, quienes cumplen todos los requisitos pero les faltan tres años o menos para obtener la pensión por vejez, tampoco pueden ser despedidos.
Fuente: Sistema Integrado Digital
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