¿Los colegios pueden prohibir los piercings y el cabello largo? Esto dice la ley colombiana
En varias instituciones educativas este tema ha sido objeto de polémica y discordia entre padres de familia, estudiantes y docentes.

Estudiantes de colegio, imagen de referencia.
Foto: Colprensa
En Colombia, cada institución educativa tiene la facultad de establecer su propio manual de convivencia, un documento que regula las normas de comportamiento, presentación personal y disciplina dentro del colegio.
Este manual es acordado por la comunidad educativa y debe ser respetado tanto por los estudiantes como por los docentes y directivos. Sin embargo, estas normas no pueden contradecir los derechos fundamentales ni las leyes que protegen la libre expresión y la dignidad de los alumnos.
El Ministerio de Educación y la Corte Constitucional han establecido que las instituciones educativas no pueden imponer reglas que vulneren derechos como la identidad, la libre expresión o la igualdad. En este contexto, las restricciones sobre el uso del cabello de cierta manera o de accesorios como piercings han sido objeto de debate.
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El artículo 87 de la Ley 115 de 1994 permite que los colegios en Colombia establezcan sus propios manuales de convivencia. Sin embargo, estas normas deben ajustarse a los límites legales y constitucionales, sin afectar los derechos fundamentales de los estudiantes.
La Corte Constitucional ha señalado que los reglamentos internos de las instituciones educativas no pueden restringir el derecho a la libre personalidad ni el de libre expresión de los alumnos. Cualquier disposición que limite estas garantías podría considerarse inconstitucional.
El abogado Jackson Peláez explicó en su cuenta de TikTok que las instituciones educativas no pueden prohibir a un estudiante llevar el cabello largo si es hombre ni negar derechos fundamentales por el uso de piercings. Esta interpretación se basa en precedentes establecidos por la Corte Constitucional en relación con la libre expresión.
Asimismo, los colegios no pueden impedir que un estudiante asista a clases por no contar con todos los elementos del uniforme. En estos casos, las circunstancias económicas o situaciones particulares de las familias deben ser tenidas en cuenta para evitar vulneraciones al derecho a la educación.
Respecto al uso de maquillaje, perforaciones, tatuajes o esmalte de uñas, la Corte ha determinado que forman parte del ejercicio de la libre personalidad y la libre expresión. En consecuencia, los colegios no pueden incluir prohibiciones sobre estos aspectos en sus manuales de convivencia.
¿Se puede prohibir el uso de celulares en el colegio?
El Ministerio de Educación señaló que, en el marco de la autonomía de los colegios privados, respeta la decisión de restringir el uso de dispositivos electrónicos. La entidad explicó que el uso prolongado de estos aparatos puede generar "efectos negativos en el desarrollo psicosocial y en el aprendizaje de los estudiantes".
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El exviceministro de Educación Preescolar, Básica y Media, Óscar Sánchez Jaramillo, expresó que la tecnología puede tener distintos efectos según la forma en que se utilice. En este contexto, indicó que Colombia ha implementado estrategias para regular el uso de celulares y pantallas en instituciones educativas y otros espacios, con el objetivo de equilibrar el acceso a herramientas digitales y mitigar posibles impactos en la educación y la interacción social.
Además, el funcionario destacó que cualquier decisión adoptada por los colegios debe surgir de un proceso de concertación. Por esta razón, recomendó que las instituciones educativas establezcan espacios de diálogo con sus consejos académicos, incluyendo la participación de rectores, docentes, estudiantes y padres de familia.
Fuente: Sistema Integrado Digital
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