ONU pide a la Cámara elegir un defensor comprometido con los Derechos Humanos
A través de una comunicación enviada al presidente de la Cámara, Augusto Posada, la Oficina de la ONU para los Derechos Humanos, expresa la importancia de esta institución y del cargo de Defensor, quien es el encargado de promover y proteger los derechos humanos.
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Foto: Archivo RCN
Precisa la ONU, que "Para orientar a las Defensorías del Pueblo en el mundo, la Asamblea General de la ONU aprobó los Principios de París en 1993. La persona que ocupe el cargo de Defensora o Defensor del Pueblo debe contar con alto perfil moral, amplio conocimiento en derechos humanos, demostrada trayectoria en la promoción y protección de los derechos humanos e independencia para ejercer sus funciones como Defensora o Defensor del Pueblo.
La Carta que está firmada por Todd Howland, Representante en Colombia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos agrega "La Cámara de Representantes del Congreso de Colombia tiene entonces en los próximos días la responsabilidad de elegir a uno de los servidores públicos que más importancia tiene para la protección y defensa de los derechos humanos en el país".
Agrega la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que reconoce la labor desarrollada por Volmar Pérez, por su trabajo y "la cooperación con nuestra Oficina en los últimos ocho años. La Oficina también desea invitar a la nueva Defensora o Defensor del Pueblo a que continúe con las líneas de trabajo que desde la Defensoría del Pueblo le han aportado a la protección y promoción de derechos humanos".
Explica las Naciones Unidas que los principios que deben regir a un Defensor (a) del Pueblo son los "Principios de París" que representan la principal fuente normativa internacional y proveen un amplio conjunto de recomendaciones sobre el papel, la composición, condición y funciones de las instituciones nacionales de derechos humanos, en este caso la Defensoría del Pueblo.
"Los Principios de París establecen, por ejemplo, que la Defensoría del Pueblo deberá supervisar cualquier situación de violación de los derechos humanos, asesorar al Gobierno, al Congreso y a otros órganos competentes sobre violaciones a los derechos humanos, elaborar informes y también estará encargada de la educación e información en estos temas, entre otras funciones", agrega.
Dice el Representante en Colombia que "Esta institución no cuenta con poder coercitivo, por lo cual las actuaciones y pronunciamientos del Defensor o Defensora del Pueblo deben inspirar respeto y legitimidad, por su pertinencia, objetividad e independencia".
"Todo esto es particularmente importante para enfrentar los nuevos retos de la actual coyuntura en Colombia, tales como la implementación efectiva de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, la cual otorga un papel relevante a la Defensoría del Pueblo en cuanto a la asesoría y representación judicial de las víctimas", puntualiza la comunicación enviada al presidente de la Cámara, Representante Augusto Posada.
Añade la ONU que "la nueva Defensora o Defensor del Pueblo debe entender los diferentes problemas que enfrentan las víctimas, y asegurar un rol decisivo en la protección integral de éstas, en especial de quienes reclaman tierras".
"La Oficina considera que para cumplir con tales desafíos es necesario que el titular de la Defensoría del Pueblo sobresalga por su compromiso con la defensa de los derechos humanos, su independencia, su objetividad, su prestigio moral y reconocimiento social, así podrá desarrollar a cabalidad la magistratura moral, constructiva y de mediación que constituye un valioso elemento para la defensa y el desarrollo de la democracia colombiana", recalcan las Naciones Unidas.
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