Nueva ley pondría a sufrir a más de un motociclista: multa e inmovilización por práctica muy común
Una de las prácticas más populares es la intervención en los sistemas de escape de las motocicletas para que suenen más fuerte al circular.

Multas por ruido excesivo en las motos.
Foto: Colprensa
En Colombia, según los registros oficiales, existen más de 11 millones de motocicletas activas, lo que constituye el 61% del total del parque automotor del país. En el transcurso de 2023 se reportaron 678.660 unidades comercializadas, con un promedio mensual de aproximadamente 56.000. Las cifras permiten observar un patrón en el que la motocicleta se consolida como una opción de transporte masivo entre los ciudadanos, sin distinción entre regiones urbanas y rurales.
El aumento en la circulación de motocicletas está vinculado a factores económicos y logísticos. Los costos de adquisición y mantenimiento, así como la facilidad para movilizarse en zonas de alto tráfico vehicular, influyen en la decisión de compra, sumado a que en ciudades con infraestructura limitada y en zonas apartadas, su uso permite reducir los tiempos de desplazamiento.
Una de las prácticas que más ha aumentado en los últimos años es la intervención en los sistemas de escape de las motocicletas, realizando modificaciones para que el vehículo emita un sonido más potente al circular. Esta acción ha sido reportada por diversos sectores de la población, especialmente en entornos residenciales, donde los habitantes han expresado su inconformidad ante los efectos sonoros que alteran la tranquilidad de la zona. Las autoridades han registrado estos reclamos en diferentes regiones del país, lo que ha llevado a discusiones sobre la necesidad de ajustes normativos o mayores controles por parte de los entes encargados.
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Frente a este panorama, hace unas semanas el presidente Gustavo Petro sancionó la nueva 'Ley antiruido', una iniciativa promovida en el Congreso por el representante a la Cámara Daniel Carvalho, la cual contempla ponerle control al ruido excesivo de las motocicletas.
En ese orden de ideas, la nueva ley deberá establecer los niveles máximos de ruido que podrán producir las motocicletas para poder circular. El Ministerio de Transporte será el encargado de definir estos lineamientos.
La ley antiruido tendrá un periodo pedagógico de seis meses, en el que se realizarán campañas de concientización y, cumplido este periodo de tiempo, se comenzarán a interponer las respectivas sanciones. Además, hay que tener en cuenta que la ley va más allá del ruido del transporte, pues también incluye normas de ruido en zonas de rumba, reuniones privadas y construcciones.
Hasta el momento, en Colombia se aplica la resolución 8321 de 1983 del Ministerio de Salud, la cual determina que, en el caso de las motos, el ruido que produce el sistema de escape no debe superar los 86 decibeles, mientras que en el caso de los carros el límite es de 85 decibeles. Para vehículos pesados de más de 5 toneladas, no pueden superar los 92 decibeles.
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Sanciones por el ruido excesivo de la moto
Las sanciones que contempla esta ley van hasta los 16 salarios diarios legales vigentes, que para el 2025 equivalen a $ 759.200. Además, las autoridades podrán inmovilizar las motocicletas e imponer el respectivo comparendo.
No obstante, hay que aclarar que para que una autoridad de tránsito pueda imponer el comparendo por contaminación de ruido, deberá tener un sonómetro debidamente calibrado, pues no podrá basar la imposición de la sanción en su criterio o capacidad auditiva.
Finalmente, cabe recordar que el comparendo C28 prohíbe el uso o la instalación de dispositivos diseñados para producir ruidos que superen los decibeles permitidos, tales como válvulas, pitos y resonadores en el escape de gas, así como la sanción a vehículos que circulen sin un sistema de silenciador o con uno en mal estado.
Fuente: Sistema Integrado Digital
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