Ordena reintegro de 51 trabajadores de Emcali
Un fallo de la Corte Constitucional determinó que éste número de funcionarios que fueron despedidos en el 2004, por haber participado en una huelga declarada ilegal por el Ministerio de la Protección, regresen a sus puestos.
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Ordena reintegro de 51 trabajadores de Emcali
Foto: Archivo RCN
La Corte determinó que la ilegalidad de una huelga no puede ser proferida por un ente administrativo, como el Ministerio mencionado, sino sólo por un juez de la República.
Esta decisión fue tomada por el alto Tribunal al revisar los convenios internacionales sobre derechos laborales, suscritos por Colombia, y que así lo determinan.
El fallo le ordenó a la entidad demandada, pagar a dichos trabajadores los salarios dejados de percibir desde el momento de la desvinculación hasta el reintegro.
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