Ordenan a Universidad de Tunja becar a joven de escasos recursos y que fue 13 en el ICFES en el país

La sentencia del Consejo de Estado beneficia a un estudiante boyacense que fue el número 1 en su colegio, número 13 en el ICFES y es el encargado de mantener a sus padres y dos hermanos menores.

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Ordenan a Universidad de Tunja becar a joven de escasos recu

Ordenan a Universidad de Tunja becar a joven de escasos recu

Foto: Archivo RCN

El alto tribunal tuteló los derechos a la igualdad y educación de un “menor” de escasos recursos y le ordenó a la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC), con sede en Tunja, que le otorgue una beca por extrema incapacidad económica para que pueda adelantar sus estudios en Derecho. La decisión fue proferida por la Sección Segunda del Alto Tribunal, con ponencia del magistrado Gustavo Gómez, quien explicó que el principio de igualdad no quiere decir que se otorgue a todos un trato idéntico, sino que se pueden adoptar decisiones en las que se privilegie a una persona “siempre y cuando se establezca una justificación constitucionalmente razonable y proporcionada que determine la diferenciación”. Por tal razón, y luego de evaluar la situación del menor, la Corporación señaló que, además de ser un joven que se ha distinguido académicamente, “pues ocupó el primer lugar en las pruebas ICFES de su colegio y el puesto 13 a nivel nacional, tiene a su cargo a dos hermanos menores”. Agrega la sentencia que el joven es quien sostiene económicamente su casa debido a que su padre no convive con ellos y su madre está incapacitada para trabajar, por lo que se desempeña como jornalero para suplir las necesidades de su familia. Dicha situación ocasiona la existencia de una condición que permite la discriminación positiva a favor del estudiante. Aunque el menor había solicitado su inclusión en el beneficio de beca argumentando su condición económica y su rendimiento académico en el primer semestre, no obtuvo una respuesta favorable porque la institución universitaria consideró que no acreditó el lleno de requisitos exigido para acceder al reconocimiento. La Sala señaló en la sentencia que “la omisión en que incurrió la UPTC al no adjudicar al estudiante de primer semestre de Derecho el beneficio de reconocimiento por extrema incapacidad económica, aún cuando tenía conocimiento de que superaba con creces los requisitos para ser exonerado del pago de su matrícula por tal concepto, no solo implicó la violación del derecho a la igualdad del menor, sino que además confluyó en la transgresión de su derecho fundamental a la educación”. En la providencia se recordó que “el derecho a la educación debe entenderse como factor de desarrollo humano, su ejercicio es uno de los elementos indispensables para que el ser humano adquiera herramientas que le permitan en forma eficaz desempeñarse en el medio cultural que habita, recibir y racionalizar la información que existe a su alrededor y ampliar sus conocimientos a medida que se desarrolla como individuo; es por ello que la educación cumple una función social que hace que dicha garantía se considere como un derecho-deber”. Por orden de la Sala, el joven debe ser incluido en el beneficio de beca para el primer semestre del 2013. Siga las noticias de RCN Radio en WhatsappIcono Google NewsSiga las noticias de RCN Radio en Google News

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