Gobernador designa alcalde encargado en Tumaco

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Marco Marinez

Marco Marinez

Foto: El Alcalde encargado de Tumaco, se desempeña como Secretario

  Al ser legalmente ejecutoriada la nulidad de la elección de María Emilsen Angulo Guevara como Alcaldesa de Tumaco, el mandatario regional procedió a dar cumplimiento al debido proceso. [imagewp:314806] El Alcalde encargado de Tumaco, se desempeña como Secretario de agricultura y Desarrollo Rural. (Foto: Cortesía Gobernación de Nariño) De acuerdo con el Asesor de la Oficina Jurídica de la Gobernación de Nariño, Pedro Rodriguez, “a las 5:11 p.m del nueve de febrero de 2017, en el buzón de correo electrónico de notificaciones judiciales de la Administración Departamental, se recibió el Oficio No. 2017-109 suscrito por Ethel Sariah Mariño Mesa, Secretaria de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, mediante el cual se comunicó a la Administración Departamental que la providencia calendada el día 7 de diciembre 2016, la cual confirmó la sentencia del 7 de septiembre del mismo año, proferida por el Tribunal Administrativo de Nariño – Sala de Oralidad, mediante la cual se declaró la nulidad de la elección de la señora Maria Emilsen Angulo Guevara, como Alcaldesa Municipal de Tumaco, se encuentra legalmente  ejecutoriada”.   Por este motivo, mediante Decreto No. 053 de febrero 9 de 2017, el Gobernador del Departamento de Nariño, Camilo Romero Galeano, procedió a dar cumplimiento a las providencias judiciales antes enunciadas, retirando del cargo a la citada funcionaria y designando como Alcalde Encargado, al Doctor Marco Fidel Marínez Gaviria, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, entre tanto se surte el procedimiento de conformación de terna, posterior designación del ternado elegido y convocatoria de elecciones atípicas para proveer el cargo de Alcalde Municipal de Tumaco.   Se reiteró que la Gobernación de Nariño no ha sido parte del proceso de nulidad electoral y por esta razón  no ha tenido acceso a las intervenciones de los sujetos procesales ni al contenido de las decisiones tomadas por el alto tribunal de lo contencioso, simplemente se  procedió de manera inmediata al cumplimiento de la orden judicial al recibir la comunicación oficial por parte del Consejo de Estado.Siga las noticias de RCN Radio en WhatsappIcono Google NewsSiga las noticias de RCN Radio en Google News

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