A partir del primero de enero los ciudadanos pueden pedir revocatoria de sus mandatarios
El Registrador delegado para lo electoral, Alfonso Portela, informó que en 2013 los ciudadanos podrán solicitar la revocatoria de alcaldes y gobernadores teniendo en cuenta que se cumple el primer año de Gobierno de los mandatarios seccionales y locales.
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A partir del primero de enero los ciudadanos pueden pedir re
Foto: Archivo RCN
El funcionario explicó que el cumplir o no cumplir el programa de gobierno presentado al inscribir la candidatura, el cual les permitió ser elegidos como mandatarios, o la insatisfacción general de la ciudadanía, pueden ser tenidos en cuenta para que a partir del 1 de enero de 2013, los colombianos puedan solicitar la revocatoria del mandato de sus gobernantes.
"La ley tiene establecido que el tiempo que se le confiere al mandatario para demostrar la capacidad y la aceptación ante los ciudadanos que lo eligieron se le deja un margen de un año, solo a partir de ese momento se le puede intentar la revocatoria del mandato", manifestó Portela.
Explicó que la revocatoria del mandato es un derecho político y un mecanismo de participación ciudadana consagrado en la Constitución Nacional, la revocatoria expresa una decisión consciente y no caprichosa de los electores.
Manifestó en diálogo con RCN La Radio que según la ley un año en el desempeño del cargo como alcalde o gobernador es el requisito que tienen los ciudadanos para ejercer la revocatoria del mandato y no se limiten sólo a votar para elegir al gobernante.
Portela preciso que para acudir a esta figura se requiere un número de ciudadanos no inferior al 40% del total de votos que obtuvo el elegido para iniciar la primera etapa de recolección de firmas.
Dijo que las solicitudes se pueden presentar mediante un memorial, en el que se exponen los fundamentos para convocar a la revocatoria del mandato, acompañado de un número de firmas o apoyos ciudadanos.
Igualmente dice la Registraduría que los formularios deben contener las casillas para que los ciudadanos de su puño y letra diligencien los datos de fecha, nombres y apellidos completos, número de cédula de ciudadanía, dirección y firma.
"Una vez se radique una solicitud de revocatoria de mandato, el respectivo registrador Distrital, Especial, Municipal o el Delegado Departamental y una vez verifique que los requisitos se cumplen expedirá una constancia en la que indique el número de folios y el número de firmas que los interesados dicen aportar junto con el memorial", agrega la entidad.
Es importante explicar que los documentos que sean entregados por los ciudadanos en cualquier parte del país deben ser enviados por los registradores a Bogotá, a la dirección de Censo Electoral y de manera paralela tendrán que informar por el medio más eficaz al alcalde o gobernador acerca de la solicitud presentada por los ciudadanos y que empieza su trámite.
Para la revisión de los apoyos la Registraduría cuenta con un mes a partir del momento de la presentación del memorial, el cual se podrá prorrogar por otro tanto, de acuerdo con el mayor número de firmas que exija el censo electoral del lugar.
Desde 1996 y hasta el año 2010, los ciudadanos han presentado ante la Registraduría un total de 80 solicitudes para la revocatoria del mandato de diferentes alcaldes, de las cuales sólo han llegado a las urnas un total de 37 solicitudes, ya que las otras 43 no han pasado la primera etapa que consiste en la presentación de un número de firmas equivalente al menos al 40% de los votos que obtuvo el mandatario.
Las restantes 37 revocatorias del mandato se han votado en los departamentos de Boyacá, Atlántico, Bolívar, Magdalena, Caldas, Córdoba, Cauca, Antioquia, Sucre, Valle del Cauca, Caquetá, Santander, Meta, Tolima, Guaviare y Huila.
Sin embargo a la fecha, de las 37 revocatorias del mandato que han llegado a las urnas, ninguna ha prosperado.Siga las noticias de RCN Radio en Whatsapp
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