Policías heridos en servicio deben ser reubicados y no retirados

La Corte Constitucional le advirtió a la Policía Nacional que los uniformados que resulten heridos en cumplimiento de la función de sus actividades tienen que ser reubicados, si es necesario, en cargos administrativos.

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Policías heridos en servicio deben ser reubicados y no retir

Policías heridos en servicio deben ser reubicados y no retir

Foto: Archivo RCN

Según el alto Tribunal, estos policías deben ser “sujetos de protección especial debido al estado de vulnerabilidad en que se encuentran, por tener una incapacidad que los imposibilita para trabajar, por lo que no se les puede vulnerar sus derechos a la salud, al trabajo y a la igualdad”. El pronunciamiento lo hizo la alta Corte al ordenarle a la Institución reintegrar a un uniformado que había sido retirado por orden del Tribunal Médico Laboral de Revisión Militar y de Policía por una lesión que sufrió en la rodilla derecha, lo que “no permitía a la Institución el aprovechamiento de sus habilidades”. De igual manera, el Tribunal Constitucional le ordenó a la Policía pagarle los salarios que había dejado de percibir y hacerle seguimiento al padecimiento que enfrenta.Siga las noticias de RCN Radio en WhatsappIcono Google NewsSiga las noticias de RCN Radio en Google News

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