Polo Democrático propone reforma constitucional para evitar la extranjerización de la tierra en Colombia
La bancada del Polo Democrático Alternativo radicará en el Congreso de la República un proyecto de reforma constitucional que busca prohibir el acaparamiento de tierras por parte de compañía extranjeras.
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Polo Democrático propone reforma constitucional para evitar
Foto: Archivo RCN
López resaltó la importancia de la sentencia de la Corte Constitucional, que confirmó que los lotes baldíos de la Nación deben ser destinados para los campesinos pobres, luego de la demanda instaurada por los congresistas Jorge Enrique Robledo y Wilson Arias, para declarar inviables tres artículos del Plan Nacional de Desarrollo del presidente Santos.
El congresista del Polo, Wilson Arias, aseguró que se viene dando un proceso de extranjerización de la tierra en el mundo; en Latinoamérica por ejemplo, en países como Brasil y Argentina ya se viene desarrollando el fenómeno y en Colombia, ya existen más de 180 mil hectáreas de tierras en manos de monopolios extranjeros.
Por otra parte, el senador Jorge Robledo recordó las denuncias que había venido realizando sobre la falsedad en los informes de restitución de tierras, que ahora son motivo de investigación por parte de la Contraloría y la Procuraduría en contra del Ministerio de Agricultura.
Dijo que “se trato de un montaje por parte del Gobierno para engañar a la opinión pública”, así como mostró su satisfacción frente a la decisión de la Corte frente a los lotes baldíos, ya que aseguró que se trató de una estrategia del Gobierno del Presidente Santos para entregar tierras a las multinacionales.
Anunció que el proyecto será radicado en el Senado de la república en los próximos días, aunque manifestó que será un proceso difícil su aprobación, sin embargo resaltó la importancia de que el tema sea debatido en el Congreso de la República.
Texto que contendría la reforma
“Solo los colombianos por nacimiento y las personas jurídicas de capital exclusivamente nacional podrán ser propietarias de tierras agrícolas, poseerlas, usufructuarlas o explotarlas.
“Las personas naturales extranjeras podrán adquirir, arrendar, usufructuar, poseer o explotar tierras agrícolas, siempre y cuando su tamaño sea inferior a una Unidad Agrícola familiar”.
“El Estado no podrá adjudicar o entregar en ninguna modalidad tierras rurales a personas naturales extranjeras y a personas jurídicas con capital extranjero, o a quienes actúen en su nombre”.
“Los bienes baldíos solo podrán adjudicarse o entregarse en cualquier modalidad a nacionales por nacimiento, en tamaños equivalentes a una Unidad Agrícola Familiar”.
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