Prohíbe el parqueo de vehículos de circulación nacional en zonas turísticas

Desde el día de hoy entró en vigencia el decreto 0481 de 2008, del Distrito, mediante el cual se toman medidas restrictivas respecto al tráfico vial en Cartagena, con el objetivo de garantizar un desplazamiento satisfactorio en la ciudad durante temporada de vacaciones de mitad de año.

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Prohíbe el parqueo de vehículos de circulación nacional en z

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Foto: Archivo RCN

La medida estará vigente hasta el 22 de julio, y cobija a los taxis, buses y busetas que transitan por el Centro Histórico; Bocagrande, El Laguito, Castillogrande, Crespo, El Cabrero y Marbella. La medida establece que los taxis, buses y busetas que circulen en y hacia la zona de Bocagrande y en el Centro Histórico lo harán de la siguiente manera: Los días pares, solo podrán circular los vehículos en placas terminadas en número par y los días impares, solo podrán hacerlo los vehículos que terminen en número impar. El citado decreto también establece que las busetas y buses que tengan el acceso restringido por el número de su placa llegarán hasta la entrada de Bocagrande, a la altura de la glorieta y retornarán por la avenida Santander hacia Marbella y seguirán su ruta normal con destino a sus turnos. Siga las noticias de RCN Radio en WhatsappIcono Google NewsSiga las noticias de RCN Radio en Google News

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