¿Qué es la patria potestad y cuáles son los requisitos para impugnarla en Colombia?
La patria potestad está regulada por el Código de Infancia y Adolescencia en Colombia. Aquí le contamos los requisitos establecidos.
Por:
Erika Villanueva
Patria potestad en Colombia.
Foto: Freepik
El ministro de Salud, Guillermo Jaramillo, encendió una nueva polémica tras una de sus declaraciones, en la que afirmó que la patria potestad de los menores de 18 años corresponde al Estado.
“Todo niño, niña o adolescente, todos los menores de 18 años, la patria potestad es del Estado”.
Asimismo, aseguró que, si los padres de familia se niegan a aplicar la vacuna contra la fiebre amarilla a sus hijos, deberá intervenir el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
“Si hay alguna negación por parte de algún padre o madre para vacunar al niño, intercede el ICBF... Porque la patria potestad sobre los niños está a nombre del Estado”, recalcó el ministro Jaramillo.
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Alcalde Guillermo Alfonso Jaramillo
El alcalde Guillermo Alfonso Jaramillo respalda la decisión
¿Qué es la patria potestad?
RCN Radio consultó al abogado Andrés Montañez, especialista en derecho constitucional y administrativo, para aclarar los aspectos legales que regulan la patria potestad en Colombia. En la entrevista, el jurista explicó en qué consiste esta figura, cuándo puede ser impugnada y cuál es el procedimiento ante la justicia.
Según Montañez, la patria potestad es una figura jurídica establecida en el Código Civil Colombiano y en la Ley 1098 de 2006, también conocida como Código de Infancia y Adolescencia. Se refiere al conjunto de derechos y deberes que tienen los padres sobre sus hijos menores de edad, con el propósito de garantizar su bienestar y desarrollo integral.
“Esta autoridad abarca la custodia, el cuidado, la educación, la salud, el bienestar emocional y físico, y también la administración de los bienes del menor”, explicó Montañez. Para los padres, implica la responsabilidad de proveer lo necesario para el desarrollo del niño, así como la autoridad para tomar decisiones fundamentales sobre su vida.
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Así las cosas, los expertos aseguraron que las declaraciones del ministro Guillermo Jaramillo son imprecisas, ya que tanto la Constitución, como el Código Civil y el Código de Infancia y Adolescencia, establecen que la patria potestad corresponde a los padres de familia.
¿Cuándo se puede impugnar la patria potestad?
Cabe destacar que la patria potestad también puede ser impugnada en ciertas circunstancias. El abogado Andrés Montañez indicó que existen cinco causales principales para solicitar la impugnación de la patria potestad:
- Maltrato o abuso infantil, ya sea físico o psicológico.
- Abandono o negligencia parental, cuando no se brindan los cuidados básicos.
- Incapacidad parental, por condiciones físicas o mentales que impidan ejercer una crianza adecuada.
- Conflictos familiares graves, que comprometan la estabilidad del menor.
- Interés superior del menor, cuando se considere que mantener la patria potestad no le resulta beneficioso.
Según Montañez, las personas legitimadas para iniciar este proceso son: el otro progenitor, el menor a través de un representante legal, el Defensor de Familia y, en casos de maltrato, el Ministerio Público.
También pueden hacerlo otros familiares, como abuelos o tíos, si demuestran un interés legítimo en el bienestar del menor.
Para que la solicitud sea válida, el demandante debe tener capacidad legal, presentar pruebas contundentes y cumplir con los requisitos procesales establecidos por la ley.
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Foto: Ingimage.
¿Cómo se realiza el proceso de impugnación de la patria potestad?
El proceso debe iniciarse ante un juez de familia, mediante la presentación de una demanda que incluya:
- Identificación del demandante y del demandado.
- Hechos que fundamentan la solicitud.
- Pruebas documentales y testimoniales.
- Certificados como antecedentes penales y documentos del menor.
Una vez presentada la demanda, el juez evalúa las circunstancias y convoca a una audiencia, en la que se escuchan los argumentos de ambas partes. Posteriormente, emite un fallo basado en el interés superior del menor.
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Si la impugnación prospera, el juez podrá:
- Asignar la custodia a un tercero (tutor o curador).
- Establecer un régimen de visitas.
- Ordenar medidas de protección.
- Revisar decisiones futuras relacionadas con la patria potestad.
La patria potestad es una figura clave para proteger los derechos de los niños y niñas en Colombia. Sin embargo, puede ser impugnada cuando se comprueban condiciones que afecten su desarrollo o seguridad. El abogado Andrés Montañez reitera que, en todos los casos, la justicia actúa bajo el principio rector del interés superior del menor.
Fuente: Sistema Integrado Digital
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