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Suspensión de conservación catastral no afecta actualización en Tibú: Instituto Geográfico Agustín Codazzi

Según la entidad la actualización implementada sigue siendo la base para la liquidación del Impuesto Predial.

Por:

Geraldine Rozo Amórtegui
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Gustavo Marulanda director del Igac

Solo el 6% de municipios cuenta con catastro actualizado: IGAC desmiente cifras de la Contraloría.

Foto: Igac

 La suspensión de los procesos de conservación catastral en Tibú (Norte de Santander) no afecta la vigencia de la actualización catastral realizada en 2024, aclaró el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (Igac).

Esta actualización implementada mediante la Resolución 54-00-083-2024, sigue siendo la base para la liquidación del Impuesto Predial Unificado (IPU) en el municipio.

La decisión de suspender los trámites de conservación se enmarca en la declaratoria de Estado de Conmoción Interior en el Catatumbo, que se extenderá por 90 días.

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En consecuencia, el Igac expidió la Resolución 54-00-009 de 2025, que detiene temporalmente los procedimientos administrativos relacionados con la corrección de linderos en Tibú y Ocaña. Sin embargo, este decreto no anula la actualización catastral previamente ejecutada.

La entidad señaló que la actualización catastral y la conservación catastral son procesos distintos. Mientras la actualización es un levantamiento masivo de información sobre los predios de un municipio en un periodo determinado, la conservación se enfoca en ajustes puntuales entre cada actualización para mantener al día la base predial.

Ante la confusión generada en la comunidad, el Igac reiteró que la actualización catastral de Tibú sigue vigente para 2025 y que la suspensión de conservación no impacta el cobro del IPU.

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No obstante, recomendó al Concejo municipal analizar medidas de alivio tributario para reducir el impacto en los contribuyentes y garantizar un sistema impositivo más equitativo.

El instituto también recordó que no tiene competencia para definir tarifas, exenciones o descuentos en el IPU, pero ha brindado asesoría técnica a las autoridades locales.

Se sugiere que el municipio implemente un esquema tributario basado en los principios de equidad, eficiencia y progresividad, tal como lo establece la Ley 819 de 2003.

Finalmente, la entidad señaló que con este contexto, se espera que el Concejo Municipal de Tibú evalúe alternativas fiscales para mitigar el impacto de la actualización catastral en la economía local.

Fuente: Sistema Integrado de Información

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En este artículo:

Instituto Geográfico Agustín CodazziTibúCatastroIgac
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