Siguen sanciones a taxistas por cobrar más de la cuenta
Todo conductor de taxis está obligado a portar la tarifa en un lugar visible del vehículo para que el usuario conozca el monto a pagar por el servicio prestado.
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Siguen sanciones a taxistas por cobrar más de la cuenta
Foto: Archivo RCN
Este año hasta finales de julio, habían sido sancionados 145 taxistas por incurrir en dicha infracción, más otros 12 por negarse a prestar el servicio.
Por incumplir esta disposición del Código Nacional de Tránsito y negarse a prestar el servicio por la no cancelación de la suma exigida de parte de sus pasajeros, otros dos taxistas entraron a ser parte de las estadísticas este fin de semana y fueron sancionados por parte del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT.
Uno de los nuevos conductores sancionados fue identificado como, Ricardo Guerra, que conducía el taxi de placas TEQ 530, y quien exigía la suma de $18 mil pesos para llevar a una usuaria desde la entrada de Bocagrande hasta el barrio El Campestre, siendo que el valor del servicio se aproxima a los 9 mil pesos.
La usuaria llamó la atención de un agente de tránsito, quien impuso el respectivo comparendo al taxista quien se rehusaba a prestar el servicio sin no le pagaban la suma exigida.
Otro caso fue el del taxista Bello Aguilar, que conducía el vehículo de placas TEQ 587, que tampoco portaba la tarjeta de tarifas y cobraba más de lo estipulado en la norma. El caso fue reportado por una usuaria en la Avenida Daniel Lemaitre, en el Centro.
Todos los casos han sido reportados por usuarios en el Centro de la ciudad y debido a la denuncia inmediata por parte de los mismos, agentes del DATT han hecho efectiva la ubicación y posterior imposición del comparendo a los infractores.
El director del DATT, Edilberto Mendoza Goez, dice que la norma señala que el taxista que no porte en lugar visible la tarjeta de tarifas será
sancionado con el pago de 8 salarios mínimos legales diarios vigentes.
La Ley 1383 del 2010 ó Código Nacional del Transporte determina que será sancionado con multa equivalente a 45 salarios mínimos legales diarios vigentes al conductor y/o propietario de un vehículo automotor que incurra en infracciones, tales como negarse a prestar el servicio público sin causa justificada.
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