Ultimátum a Acción Social en cronogramas para desplazados

La Corte Constitucional le dio un plazo de cuatro meses a la Agencia Presidencial para la Acción Social para que implemente un mecanismo de información, que le permita a los desplazados estar al tanto del tiempo exacto en el que la entidad les van a entregar el dinero de la ayuda humanitaria y sus prórrogas.

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Foto: Archivo RCN

De igual manera, el alto Tribunal le ordenó a la entidad estatal que en el mismo plazo modifique su política de asignación de turnos para la entrega de la ayuda humanitaria, para que le dé prioridad a las madres cabeza de familia, discapacitados, adultos mayores, indígenas y afrodescendientes. En el tema del tiempo para acceder al dinero de la ayuda humanitaria, la Corte recordó que ésta no debe exceder los tres meses, pero los desplazados deben saber el tiempo exacto en el que gozarán de los beneficios. La orden la impartió la alta Corte al amparar los derechos de once indígenas desplazados del Tolima, a los que Acción Social no les ha entregado oportunamente las ayudas humanitarias. De igual manera, la Corte Constitucional le prohibió a la entidad demandada exigirles a las familias desplazadas que demuestren la afiliación a una EPS para poderles entregar las respectivas ayudas, o cualquier otro obstáculo para que puedan acceder a los beneficios. El fallo de tutela le ordenó a Acción Social que en un término de 48 horas le informe a los indígenas desplazados la fecha exacta en la que recibirán las ayudas económicas. Siga las noticias de RCN Radio en WhatsappIcono Google NewsSiga las noticias de RCN Radio en Google News

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