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Las personas que no tienen que declarar renta en 2025

La declaración de renta no es una obligación para todas las personas naturales.

Por:

Flor Angie Baena
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Las personas que no tienen que declarar renta en 2025

Declaración de renta

Foto: Freepik / Dian

La DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) es la entidad del gobierno de Colombia encargada de administrar y controlar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias en el país.

En Colombia, muchas personas deben presentar la declaración de renta ante la DIAN. Para determinar si una persona está obligada a hacerlo, es fundamental conocer el tope de ingresos y bienes establecido por la entidad.

Es importante identificar quiénes no deben declarar renta para evitar sanciones. No todas las personas naturales están obligadas a hacerlo.

Leer más: Analdex alerta sobre impacto del arancel de EE. UU. en exportaciones colombianas: "La noticia en general es mala"

La DIAN ha fijado un umbral de ingresos brutos anuales de 1.400 UVT (Unidades de Valor Tributario) para 2025. Esto significa que quienes no superen este monto no están obligados a presentar la declaración de renta.

La UVT para 2025 está valorada en $49.799, lo que equivale a un ingreso anual aproximado de $69.718.600. Además de los ingresos, también se debe considerar el patrimonio. Si al 31 de diciembre de 2024, el valor de los bienes no supera 4.500 UVT (equivalente a $224.095.500), la persona está exenta de declarar renta.

¿Quiénes no deben presentar declaración de renta en 2025?

Las personas que no están obligadas a presentar la declaración de renta en Colombia durante 2025 son aquellas cuyos ingresos o bienes no superan los valores establecidos por la DIAN. Esta entidad define los requisitos con base en la información financiera individual.

Según la normativa vigente, están exentos de declarar:

  • Quienes perciben ingresos anuales inferiores al umbral establecido: Si el total de ingresos en el año no supera $50 millones, no es necesario presentar la declaración.
  • Quienes poseen bienes dentro del límite permitido: Si el patrimonio total al cierre del año anterior es inferior a $160 millones, no hay obligación de declarar.
  • Quienes no registran actividad económica: Si una persona no trabaja como empleado, independiente o inversionista y sus ingresos son inexistentes o muy bajos, tampoco debe declarar.

Además, es clave revisar los ingresos y gastos del año. Si la suma de ingresos totales, pagos con tarjeta de crédito, compras, consumos y depósitos bancarios no supera 1.400 UVT, la persona no está obligada a declarar.

Vea también: Nuevos aranceles de Estados Unidos a Colombia generarán un impacto de hasta USD 1.400 millones: Anif

Extranjeros sin residencia fiscal

Los extranjeros sin residencia fiscal en Colombia, cuyos ingresos han estado sujetos a retención en la fuente según los artículos 407 a 411 del Estatuto Tributario, no tienen la obligación de declarar. Este criterio aplica a quienes obtienen ingresos en el país sin residir en él.

Régimen SIMPLE

Las personas naturales inscritas en el Régimen SIMPLE de tributación no deben presentar declaración de renta. Este sistema facilita el cumplimiento tributario y representa una alternativa a la declaración tradicional.

Revisión del patrimonio

Al finalizar el año fiscal, es esencial evaluar el patrimonio y los bienes. Los valores pueden variar y modificar la obligación tributaria. Contar con asesoría contable permite calcular con precisión el patrimonio bruto fiscal y cumplir correctamente con las disposiciones de la DIAN.

Fuente: Sistema Integrado Digital

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