Pago de las cesantías en Colombia: ¿dónde puedo acudir si mi empleador no me las consigna?
Este beneficio equivale a un mes de salario por cada año laborado.

Retiro de cesantías en Colombia.
Foto: Camila Díaz - Sistema Integrado Digital RCN Radio
En Colombia, los trabajadores tienen acceso a prestaciones sociales como las cesantías, un ahorro que el empleador debe consignar anualmente. Este beneficio equivale a un mes de salario por cada año laborado y puede ser utilizado en circunstancias específicas, conforme a la normativa vigente.
Las cesantías generan una rentabilidad mínima garantizada y pueden retirarse para fines como educación o compra de vivienda. Esta prestación permite que los trabajadores dispongan de estos recursos para financiar estudios o acceder a una propiedad, según los lineamientos establecidos.
En situaciones de desempleo, las cesantías pueden utilizarse como un apoyo económico temporal. El retiro de estos fondos está sujeto a requisitos definidos, los cuales buscan garantizar que su uso se alinee con las necesidades contempladas en la regulación laboral.
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El sistema de ahorro obligatorio de cesantías significa una herramienta financiera que ofrece respaldo en varias situaciones a los trabajadores. Su implementación busca proporcionar estabilidad a los trabajadores y contribuir al cumplimiento de objetivos en el ámbito laboral y personal.
¿Hasta cuándo hay plazo de pagar las cesantías?
Cabe recordar que los empleadores tenían plazo hasta el pasado 31 de enero para pagar los intereses de las cesantías correspondientes al año 2024. Estos intereses se sacan con base en una tarifa del 12% anual o proporcional por fracción del año trabajado. La fórmula para calcular los intereses a las cesantías es: Cesantías x Días trabajados x 0,12 ÷ 360.
Por su parte, lo que equivale al valor de las cesantías deberá ser consignado antes del 15 de febrero a la cuenta individual a nombre del trabajador en el fondo de cesantía que él mismo elija.
En ese sentido, las empresas tendrán hasta el próximo sábado para consignar en el fondo de cesantías lo correspondiente al año 2024. El empleador que incumpla el plazo señalado deberá pagar un día de salario por cada día de retardo.
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Si al finalizar la relación laboral quedan saldos de cesantía pendientes de consignación en el Fondo, el empleador deberá pagarlos directamente al trabajador, incluyendo los intereses legales correspondientes.
¿Dónde puedo acudir si no me pagan las cesantías?
Todo trabajador con contrato laboral, ya sea a término fijo o indefinido, tiene derecho a recibir el pago de los intereses de cesantías. Este monto adicional debe ser consignado por el empleador anualmente o de manera proporcional al tiempo laborado, según lo establecido en la normativa vigente.
El Gobierno nacional dispone que, ante inconvenientes con el pago de cesantías, los trabajadores deben intentar resolver la situación mediante un acuerdo con el empleador, conforme a lo estipulado en la ley. Si no se logra una solución, pueden acudir a una Inspección de Trabajo o presentar una denuncia ante el Ministerio del Trabajo.
Los ciudadanos interesados en consultar la ubicación de las autoridades que le pueden ayudar en el conflicto, podrán dar clic en este enlace y buscar la ubicación y horarios de atención según el departamento en el que se encuentren.
Fuente: Sistema Integrado Digital
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