¿Qué pasa con el dinero de un CDT si el titular fallece?
Un CDT se considera un método efectivo para el ahorro, con un plazo que usted mismo establece.
Por:
Flor Angie Baena
¿Qué pasa con el dinero de un CDT si el titular fallece?
Foto: Pixabay
Los CDT se han convertido en un aliado financiero, ya que funcionan como un mecanismo de inversión que permite hacer crecer el capital y, al mismo tiempo, mantener el dinero seguro.
Un certificado de depósito a término fijo (CDT) es un producto financiero ofrecido por las entidades bancarias. Como su nombre lo indica, se trata de un certificado que acredita el depósito de una cantidad específica de dinero en el banco, con la garantía de que, tras un plazo determinado, el titular podrá retirarlo junto con una rentabilidad generada por los intereses.
¿Qué significa esto? Si dispone de dinero sin un uso definido, puede optar por un CDT como alternativa de inversión. Además, se considera un método efectivo para el ahorro, con un plazo que usted mismo establece.
Leer más: ¿Cuánto paga Bancolombia hoy, 26 de febrero, por un CDT de $2'000.000?
¿Qué sucede con un CDT si el titular fallece?
Según el Ministerio de Justicia, en estos casos se aplica el procedimiento de entrega de dineros sin juicio de sucesión. Esto significa que los herederos pueden acudir al banco y solicitar el dinero depositado.
“Los herederos del titular de la cuenta pueden solicitar al banco el pago del saldo, sin necesidad de adelantar un juicio de sucesión, siempre que se demuestre el fallecimiento del titular, el vínculo de consanguinidad con quien reclama el dinero y que el monto del saldo no supere el límite establecido por la ley para estos casos”, señala la entidad.
¿Cómo solicitar un CDT si el titular falleció?
De acuerdo con el Ministerio de Justicia, estos son los pasos a seguir para reclamar el dinero del CDT en caso de fallecimiento del titular:
Presentarse en el banco donde el fallecido tenía depositado su dinero y realizar la solicitud de pago del saldo, preferiblemente por escrito.
Vea también: Recaudo tributario aumentó 5,9% en enero de 2025
Adjuntar los siguientes documentos:
- Copia autenticada del registro civil de defunción del titular.
- Copia autenticada del documento que acredite el vínculo con el fallecido, como el registro civil de matrimonio o de nacimiento, según corresponda.
- Copia de la cédula de ciudadanía de los herederos que reclaman el dinero.
- Declaración jurada de los interesados, en la que indiquen que no se ha designado administrador de los bienes del difunto. En algunos casos, este documento debe estar autenticado.
Además, los herederos deberán diligenciar el formato de entrega de saldos, el cual puede solicitarse en la entidad bancaria correspondiente.
Fuente: Sistema Integrado Digital
Siga las noticias de RCN Radio en Whatsapp