¿Si trabajo el día cívico me pagan como si fuera un día festivo?
Un día cívico es un día laboral ordinario, no un día festivo, el cual se declara cuando hay circunstancias especiales en el país.

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Foto: Camila Díaz - Sistema Integrado Digital RCN Radio
Este lunes el presidente Gustavo Petro firmó el decreto con el cual se reglamentó el 'día cívico' para el martes 18 de marzo, el cual se realizará en el marco de las manifestaciones convocadas por el Gobierno nacional para apoyar las reformas sociales que no han prosperado en el Congreso de la República.
Según aseguró el Gobierno, el decreto tiene como objetivo garantizarle a los ciudadanos su derecho a expresar el respaldo a las reformas. Además, el presidente Petro volvió a insistir en las posibles sanciones para los empleadores que no le permitan a los trabajadores asistir a las marchas.
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Cuando se declaran días cívicos, muchos ciudadanos tienden a confundirse con lo que esto significa, pues algunos lo interpretan como un día festivo más, mientras que para otros trabajadores es un día laboral habitual.
Por otro lado, algunos empleados que, durante esta jornada, realizan de manera normal sus actividades, quedan con dudas acerca de cuánto deberían recibir como pago a cambio de trabajar en un día cívico. Aquí les contamos cómo funciona.
¿Cuánto me pagan por trabajar en un día cívico?
Según la Presidencia de la República, un día cívico es un día laboral ordinario, no un día festivo, el cual se declara cuando hay circunstancias especiales en el país, bien sean simbólicas o de emergencia.
Existen diferencias notorias entre un día feriado y un día cívico. Por un lado, los días festivos, junto con los domingos, son días de descanso obligatorio en Colombia, por lo cual cuando un empleado tenga que trabajar en estas fechas, debe recibir una retribución económica.
El Código Sustantivo del Trabajo establece que todos los empleados que trabajen un domingo o día festivo, tienen derecho a recibir un 75 % extra sobre su salario. En ese sentido, cada hora vale un 75 % más que la hora de trabajo en los días hábiles.
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Por su parte, un día cívico no es de descanso obligatorio, pues aunque el Gobierno nacional lo decreta, los gobiernos locales y las empresas del sector privado tienen autonomía para decidir si adoptan o no la medida. Entretanto, las entidades públicas suspenden actividades, salvo que presten servicios esenciales.
En ese sentido, los empleados que trabajen en un día cívico, no cobrarán ningún extra debido a que no es obligatorio acoger la medida, teniendo en cuenta que los empleadores no están en la obligación de considerar esta fecha como un día de descanso remunerado o como un día feriado.
Fuente: Sistema Integrado Digital
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