SIC sanciona a Electrohuila por $7.000 millones, ¿cuál es la razón?
La Superintendencia concluyó que la empresa impuso condiciones que limitaron la libre competencia en 55 procesos de contratación.

Cielo Rusinque y Gustavo Petro
Foto: SIC
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una sanción de siete mil millones de pesos a la Electrificadora del Huila S.A. E.S.P. (Electrohuila), tras concluir que incurrió en prácticas anticompetitivas durante 55 procesos de invitación pública.
De acuerdo con la entidad, Electrohuila estableció condiciones que "restringieron la participación de múltiples oferentes" al imponer barreras injustificadas y desproporcionadas que afectaron la libre competencia. La SIC señaló dos prácticas puntuales que limitaron la participación de interesados.
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La primera condición fue el cobro económico por el simple derecho a participar en los procesos de invitación pública. La empresa exigía a los oferentes un pago equivalente al 0,1 % o al 00,1 % del valor del presupuesto oficial del proceso, dependiendo del caso.
La SIC indicó que esta exigencia no solo contravenía el manual de contratación de la entidad, sino que también era incompatible con los principios de la contratación pública.
"Esta condición desincentivó la participación de posibles oferentes en los procesos de contratación", afirmó la Superintendencia, al considerar que tal cobro representaba una barrera injustificada que restringía la competencia.
Prohibición de uniones temporales o consorcios
La segunda restricción impuesta por la electrificadora fue la prohibición de presentar ofertas mediante figuras asociativas, como uniones temporales o consorcios. De acuerdo con la investigación, esta medida impidió que varios interesados pudieran realizar propuestas, al no permitírseles conformar alianzas estratégicas para cumplir con los requisitos establecidos.
“La prohibición limitó la libre participación de los agentes en el mercado”, subrayó la SIC.
Modificaciones y reducción de la sanción
Durante el curso de la investigación, la actual administración de Electrohuila adoptó medidas para corregir las prácticas cuestionadas. La compañía eliminó el cobro por el derecho a participar y permitió la presentación de ofertas mediante figuras plurales.
Estas acciones le permitieron acceder a una reducción sustancial de la sanción administrativa.
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La SIC reiteró que los procesos de contratación adelantados por empresas de servicios públicos deben observar los principios de la función administrativa, entre ellos la igualdad, la economía y la eficacia. En ese sentido, advirtió que "deben evitar privilegios y discriminaciones injustificados" y respetar las normas que garantizan la libre competencia económica.
Fuente: Sistema Integrado de Información
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