Mito o realidad ¿si vive en arriendo podría tener un mes gratis?

Por: RCN Radio

Según cifras del Dane indican que el 37,7 % de los hogares en Colombia tenían vivienda propia pagada y 4,8 % se encontraban pagándola. Por otro lado, el 36,9 % de la población vivía en arriendo o subarriendo.

Muchas de las personas que viven en arriendo tienen en su imaginario que hay un mes de arriendo gratis, que es el último una vez les piden desocupar el inmueble.

Para infortunio de los que creen en esa teoría, la ley es clara y se debe pagar cada uno de los meses en los que permanezca en el inmueble arrendado.

El arrendador no está obligado de dar ni un solo mes gratis al arrendatario, aunque se debe aclarar que sí hay una indemnización a favor del arrendador o del arrendatario, dependiendo quien haya decidido dar por terminado el contrato antes de tiempo.

La ley 820 de 2003, en su artículo 22, estipula que: "El arrendador podrá dar por terminado unilateralmente el contrato de arrendamiento durante las prórrogas, 

previo aviso escrito dirigido al arrendatario a través del servicio postal autorizado, con una antelación no menor de tres meses y el pago de una indemnización equivalente al precio de tres.