Por: RCN Radio
Cuando entró en vigencia la nueva Constitución Política de Colombia en 1991, se adoptaron nuevas figuras con las cuales los ciudadanos pueden interponer sus solicitudes o quejas.
Derecho de petición: El derecho de petición fue establecido en el artículo 23 de la actual Carta Magna y ratificado en la Ley 1755 de 2015.
Este es la facultad que tiene toda persona para presentar una solicitud de forma respetuosa ante las diferentes entidades públicas y privadas del país, ya sea de forma general o particular.
Tutela: Es un mecanismo donde los ciudadanos podrán reclamar de forma directa la protección de sus derechos ante un juez en caso de que sean trasgredidos.
El derecho de petición puede ser presentado cuando un ciudadano necesite solicitar información o copias de documentos o pedir y reclamar sobre un servicio recibido.
Entretanto, la tutela aplica cuando ya se han agotado todos los recursos de defensa establecidos por la Ley o cuando el ciudadano no pueda acceder a ninguno de ellos.