Caso Odebrecht: ¿Proceso contra magistrado Granados tendría que regresar a la Corte Suprema?

La Comisión de Acusación podría devolver la investigación por un vacío frente a la aplicación del fuero.

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Excontralor de Bogotá, Juan Carlos Granados

Contralor de Bogotá, Juan Carlos Granados.

Foto: RCN Radio

La investigación que se adelanta por el caso Odebrecht contra el magistrado Juan Carlos Granados, que hoy hace parte de la nueva Comisión de Disciplina Judicial, se encuentra hoy en la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes.

Sin embargo, algunas fuentes políticas indicaron a RCN Radio que tendrá que estudiarse si dicho proceso debe o no regresar a la justicia ordinaria, ya sea a la Corte Suprema de Justicia o la Fiscalía, ya que existe un vacío jurídico en torno a si los funcionarios de esta nueva entidad tienen o no fuero constitucional.

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Cuando la Corte estudió la reforma al equilibrio de poderes, tumbó el artículo que creaba la Comisión de Aforados, en donde se establecía el fuero que debían tener los magistrados del Consejo de Disciplina Judicial, corporación que reemplazó a la eliminada Sala Disciplinaria de la Judicatura.

Al caerse este artículo, en la Constitución no quedó dicho de forma expresa que esos funcionarios debían ser investigados por la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, que siguió manteniendo la competencia para indagar al presidente de la República y a los magistrados de las altas cortes incluyendo a la Judicatura, pero no expresamente a la Comisión de Disciplina Judicial.

A la luz del expresidente de la Corte Constitucional, Nilson Pinilla, dichos magistrados se quedaron sin fuero y los procesos que se adelanten contra ellos en la Comisión de Acusación, como es el caso de Juan Carlos Granados por el caso Odebrecht, deberían ser de conocimiento de la justicia ordinaria.  

“El otorgamiento del fuero debe ser expreso, no pueden hacerse homologaciones y si no hay una inclusión precisa de la Comisión de Disciplina Judicial,pues esos funcionarios no tienen fuero y tienen que someterse al trámite ordinario como cualquier parroquiano”, sostuvo.

“La Fiscalía es la que debe adelantar la investigación y si no hay un fuero, pues el asunto pasa a un juez común. Si hay una imputación de un delito por ejemplo contra la administración pública, pues debe pasar al juez penal del circuito, porque el fuero debe ser especial”, añadió.

De hecho, en el Congreso se está tramitando un nuevo proyecto de reforma a la justicia en donde la extensión del fuero de estos altos funcionarios ha generado polémica.

El propio ponente de la reforma, el representante Buenaventura León, reconoció que existe un vacío jurídico sobre el proceso de juzgamiento de los magistrados del nuevo Consejo de Disciplina Judicial.

“Existe un vacío que son los magistrados del Consejo de Disciplina Judicial, porque esos procesos están en la Comisión de Acusación, pero sería bueno que la Constitución lo precisara (...) En el 2015 el acto legislativo 02 creó la Comisión de Disciplina Judicial, que es considerada una alta corte y es necesario que la Constitución lo precise y que el juez investigador de esos magistrados es el Congreso de la República”, sostuvo.

No obstante, otros constitucionalistas como Jaime Córdoba Triviño, indicaron que el espíritu de la carta política colombiana fue revestir de fuero a los integrantes del eliminado Consejo Superior de la Judicatura, que fue reemplazado por un órgano de gobierno y el ahora llamado Consejo Nacional de Disciplina Judicial.

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Sin embargo, será la Comisión de Acusación de la Cámara la que determine si devuelve o no a la justicia ordinaria el proceso contra Juan Carlos Granados, salpicado dentro del escándalo de Odebrecht y quien luego de ser elegido como magistrado logró que su investigación fuera enviada al Congreso, evitando que fuera llamado a indagatoria en la Corte Suprema de Justicia. 

Fuente: Sistema Integrado de Información

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