Corte Constitucional confirmó sentencia que devuelve tierras a campesinos despojados por la violencia en Magdalena
Con la decisión, se reforzaron los derechos de 49 familias campesinas con restitución de tierras.

Corte Constitucional Referencia
Foto: Rcn Radio
La Corte Constitucional dejó en firme la sentencia que otorgó la restitución de tierras a 49 familias campesinas víctimas del paramilitarismo en la región de Magdalena.
La decisión, tomada recientemente, reafirmó el fallo emitido en 2018 por el Tribunal de Cartagena, el cual reconoció a los campesinos como legítimos propietarios de los predios “Las Franciscas I y II” bajo el principio de 'prescripción adquisitiva'.
Este principio legal establece que quienes ocupan una propiedad durante un tiempo determinado y de manera pública pueden adquirir la titularidad de la misma. La empresa La Francisca S.A.S., propietaria de los terrenos en disputa, había solicitado la anulación de la sentencia, argumentando que existían defectos sustantivos y fácticos en la decisión judicial.
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La empresa sostuvo que no se le reconoció su buena fe en la adquisición de las tierras y que las pruebas presentadas por los campesinos eran insuficientes.
La disputa sobre estos terrenos se originó en 1987, cuando un grupo de campesinos comenzó a trabajar las tierras sin que estuvieran siendo explotadas. Un año después, en 1988, fueron desalojados por un grupo armado, que posteriormente arrendó las tierras a empresas cacaoteras y bananeras. Con el tiempo, la multinacional Dole Food Company adquirió el control de la zona, que había sido gravemente afectada por el conflicto armado y los desplazamientos forzados.
En 2014, después de años de lucha, los campesinos demandaron la restitución de estas tierras, alegando que habían sido despojados por la violencia paramilitar. La sentencia del Tribunal de Cartagena en 2018 dictó que la empresa La Francisca S.A.S. actuó de mala fe en su adquisición, lo que provocó la reacción de la compañía, que impugnó la decisión ante instancias judiciales superiores.
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La Corte Constitucional rechazó los argumentos de la empresa y confirmó la legalidad del fallo original, señalando que los campesinos fueron víctimas de graves violaciones a sus derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario (DIH).
Además, la Corte también destacó que la empresa no acreditó haber tomado medidas para verificar la regularidad de la propiedad, a pesar de conocer la ocupación de los campesinos y las condiciones de violencia en las que vivieron.
Fuente: Sistema Integrado de Información
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