Corte Constitucional suspende discusión de la Reforma Pensional por concepto de la Procuraduría
Actualmente hay 50 demandas de inconstitucionalidad a la Reforma, de las cuales 12 han sido admitidas.

Rueda de prensa con el presidente de la Corte Constitucional, magistrado José Fernando Reyes Cuartas y el vicepresidente de la Corte Constitucional, Jorge Enrique Ibáñez.
Foto: Camila Díaz - Sistema Integrado Digital RCN Radio
La discusión sobre la demanda de inconstitucionalidad de la Reforma Pensional se detuvo, debido a que la Corte Constitucional espera el concepto de la Procuraduría, dirigido por Gregorio Eljach.
A pesar de que el magistrado Jorge Enrique Ibáñez ya radicó su ponencia, el proceso no podrá continuar hasta que el procurador entregue su opinión.
El magistrado Ibáñez explicó que la demora se debió a que no se había resuelto un impedimento de la magistrada Diana Fajardo, lo que impidió tomar en cuenta el concepto emitido previamente por la Procuraduría bajo la dirección de Margarita Cabello.
Además, el magistrado detalló que, debido a este inconveniente, el proceso se suspendió hasta que se resolviera dicho impedimento y, en consecuencia, la Secretaría de la Corte no podía correr el traslado del caso al procurador.
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Ahora, la Corte deberá esperar a que la Procuraduría de Eljach emita su concepto en un plazo de 30 días hábiles. El magistrado aseguró que el procurador ya expresó su interés en reducir este plazo, enviando su concepto antes de que transcurran los 30 días completos.
Expertos en el tema han criticado la dilatación del proceso porque ese tipo de decisiones podría extenderse a otros casos constitucionales.
Además, el presidente de la Corte, quien aclaró que Eljach no está impedido en este caso, destacó que el procurador ha radicado 14 impedimentos en otros tribunales, debido a su participación previa como secretario del Senado.
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La demanda contra la Reforma Pensional cuestiona varios aspectos de la ley, incluyendo la falta de debate en algunos puntos clave. En particular, se argumenta que la ley violó el derecho de los congresistas a debatir artículo por artículo, omitiendo el análisis de ciertas disposiciones en la Cámara de Representantes.
También se señala que la ley establece condiciones desiguales para diferentes grupos, lo que contraviene el principio constitucional de igualdad.
Fuente: Sistema Integrado de Información
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