Tribunal de Cundinamarca suspendió por segunda vez la designación de Andrés Hernández, como cónsul en México
Además, el alto tribunal admitió una demanda de La Unión de Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular (Unidplo).

Andrés Hernández cónsul en México
Foto: Costesía - Redes sociales.
El Tribunal de Cundinamarca suspendió por segunda vez la designación del cónsul de Colombia en México, Andrés Hernández, al señalar que no reúne los requisitos previstos en el artículo 231 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, para ejercer dicho cargo.
El alto tribunal igualmente admitió una demanda a estudio de La Unión de Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular (Unidplo) que pretende tumbar el Decreto 984 del 2 de agosto de 2024 con el que la Cancillería nombró por segunda vez a Hernández Ramírez.
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En el fallo se reseña que la suspensión provisional del acto administrativo se basa en la existencia de posibles vicios de legalidad que deberán ser analizados a fondo durante el curso del proceso judicial.
El tribunal reconoció la gravedad de las irregularidades en la designación de Andrés Hernández, lo que motivó la suspensión provisional del nombramiento.
El abogado defensor de Hernández, Julio Cesar Ortiz, informó que apelará la decisión al considerar que la solicitud de medida cautelar no reúne los requisitos, previstos en el artículo 231 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
En el fallo no se menciona específicamente la falta de experiencia de Hernández, aunque sí resalta la presentación de constancias laborales y académicas en las que se indica que se graduó como comunicador social en agosto de 2022.
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La designación de cónsul Hernández, quien ya había sido anulada por la justicia, sin embargo, en una polémica decisión, en agosto de 2024 el jefe de Estado lo volvió a nombrar.
A Hernández también le exigen devolver los recursos destinados a la contratación de una especialista en derechos humanos, debido a que dicha contratación se realizó sin la autorización de la entidad.
Fuente: Sistema Integrado de Información
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