Comercios públicos deberán prestar obligatoriamente el baño a personas discapacitadas: radican proyecto de ley
La Constitución Política de Colombia establece que es deber del Estado desarrollar políticas de previsión.
Por:
Flor Angie Baena
Comercios públicos deberán prestar obligatoriamente el baño a personas discapacitadas: radican proyecto de ley
Foto: Pixabay
En el Congreso de la República fue radicado un proyecto de ley, para que el Senado lo estudie, el cual busca que los establecimientos públicos estén obligados a prestar el servicio de baño a personas en condición de discapacidad. Esta iniciativa pretende modificar el artículo 88 de la Ley 1801 de 2016, relacionado con la inclusión de personas con discapacidad.
El documento señala que las poblaciones más vulnerables merecen un trato diferencial mientras se avanza hacia la igualdad, con el fin de evitar discriminaciones que puedan afectarlas.
Asimismo, menciona que el Estado colombiano, a través de la Ley 74 de 1968, ratificó los Derechos Económicos, Sociales y Culturales para garantizar un trato digno a cada ciudadano, sin excepción. Sin embargo, hace énfasis en que los niños y las mujeres en estado de embarazo pertenecen a poblaciones especialmente vulnerables.
Leer más: Iván Velásquez presenta su renuncia de manera irrevocable al Ministerio de Defensa
La Constitución Política de Colombia, en su artículo 47, establece que es deber del Estado desarrollar políticas de previsión, rehabilitación e integración social para las personas en condición de discapacidad, garantizando que reciban atención especializada.
El artículo 88 quedaría así:
SERVICIO DE BAÑO: Es obligación de todos los establecimientos de comercio abiertos al público prestar el servicio de baño a niños, mujeres en evidente estado de embarazo, adultos mayores y personas en situación de discapacidad o con movilidad reducida, cuando así lo soliciten, sin importar que sean o no clientes del establecimiento.
Vea también: Susana Muhamad no tiene dudas: La presencia de Benedetti en el Gobierno Petro es un riesgo
A partir de la Constitución de 1991, se estableció la cláusula de igualdad en el artículo 13, que obliga al Estado a proteger a las personas que, por su condición física, económica o mental, se encuentren en circunstancias de debilidad manifiesta.
El senador Jonathan Pulido, de la Alianza Verde y ponente en el primer debate, indicó que el proyecto busca garantizar el acceso a baños públicos para personas con discapacidad o movilidad reducida, sin que sea necesario ser cliente de un establecimiento comercial.
“La modificación que proponemos se basa en una sentencia de la Corte Constitucional, que resalta la necesidad de que, como legisladores, incluyamos a las personas con discapacidad para que puedan gozar de las garantías establecidas en el artículo 88 de la Ley 1801 de 2016”, afirmó Pulido.
Fuente: Sistema Integrado Digital
Siga las noticias de RCN Radio en Whatsapp