¿A quién le deben pagar prima de servicios y cómo se calcula? Esto recomiendan los expertos
Consultamos a una experta para despejar las dudas sobre la prima de servicios, un tema clave para la economía de los hogares colombianos.
Por:
RCN Radio
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A medida que se acerca el cierre de año, miles de trabajadores en Colombia comienzan a preguntarse por el pago de la prima de servicios, una prestación social que, por ley, debe ser cancelada máximo hasta el 20 de diciembre.
Aunque se trata de un derecho ampliamente reconocido, persisten dudas sobre quiénes deben recibirla, cómo se calcula y qué ocurre cuando el empleador no cumple con esta obligación.
RCN Radio consultó a Camilia Pulgarín Ramírez, abogada líder del Centro Jurídico Internacional, para aclarar las principales inquietudes sobre este tema que afecta directamente la economía de los hogares colombianos.
Pulgarín explicó que todos los trabajadores vinculados mediante contrato de trabajo, sin importar su modalidad, a término indefinido, fijo, por obra o labor, tienen derecho a recibir la prima de servicios.
Esto incluye incluso a quienes laboran por días y a los trabajadores de servicios generales y/o domésticos, tanto internos como externos. El requisito fundamental es que exista subordinación laboral.
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