¿Si se porta mal en la fiesta de fin de año de la empresa lo pueden despedir? Esto dice la ley en Colombia
Un experto advirtió en RCN Radio que un mal comportamiento en la fiesta de fin de año podría traer serias consecuencias. ¿Por qué?
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RCN Radio
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La temporada navideña trae celebraciones, encuentros y momentos de alegría: desde novenas y reuniones familiares hasta las tradicionales despedidas de fin de año que muchas empresas realizan para agradecer el trabajo de sus empleados.
Sin embargo, entre música, brindis y ambiente festivo, también pueden surgir situaciones incómodas: discusiones, comportamientos inapropiados, excesos de alcohol, faltas de respeto e incluso incidentes que comprometen la imagen de la compañía.
Para entender qué tan serio puede llegar a ser el mal comportamiento en una fiesta empresarial y qué herramientas tienen las compañías para actuar, RCN Radio consultó a Andrés Gómez Quintana, abogado consultor del Centro Jurídico Internacional, quien explicó qué dice la ley colombiana sobre estos casos.
¿Puede considerarse una falta grave?
Según el experto, el lugar o la hora no determinan la gravedad de una conducta. Lo realmente relevante es el vínculo funcional con el entorno laboral. Si el comportamiento afecta el respeto hacia compañeros o superiores, va en contra de los valores de la empresa o compromete su imagen, sí puede constituirse como una falta disciplinaria.
Gómez Quintana señala que, aunque el evento ocurra fuera del horario laboral, sigue siendo una actividad organizada o autorizada por la empresa. Por ello, si la conducta afecta la convivencia, la disciplina o la reputación del empleador, puede ser sancionada conforme al Reglamento Interno de Trabajo (RIT) y al artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo, que establece las justas causas de terminación del contrato.
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¿Qué comportamientos pueden justificar un despido con justa causa?
Las conductas que violen las obligaciones del Código Sustantivo del Trabajo o del RIT pueden llevar a la terminación del contrato. No obstante, no todas las faltas tienen el mismo peso.
El abogado aclara que deben evaluarse el contexto, la gravedad de los hechos y lo que estipula el reglamento interno. Faltas como agresiones, insultos, actos de discriminación, daños materiales, acoso o desobediencia manifiesta pueden constituir justa causa, siempre que la empresa demuestre y pruebe lo ocurrido.

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